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Agricultura

Inicia proceso de cobros de patentes por no uso de derechos de aguas por más de 150 mil 831 millones de pesos

Este miércoles 15 de enero se publicó en el Diario Oficial y en diversos medios impresos, electrónicos y radios del país la resolución que fija el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no contar con las obras de aprovechamiento para el uso de las aguas.        

Se trata de un total de 5.624 derechos de aprovechamiento de aguas no utilizados, tanto consuntivos (agua que se usa y no se devuelve al cauce) como no consuntivos (agua que se usa y luego retorna al cauce), que en forma conjunta deberán pagar 2.236.898,39 UTM, es decir, aproximadamente 150 mil 831 millones de pesos. Del total, los derechos consuntivos corresponden a 498.865 litros por segundo, mientras que los derechos no consuntivos representan mayores caudales con 20.343.002 litros por segundo.

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Red Comunales

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Este miércoles 15 de enero se publicó en el Diario Oficial y en diversos medios impresos, electrónicos y radios del país la resolución que fija el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no contar con las obras de aprovechamiento para el uso de las aguas.        

Se trata de un total de 5.624 derechos de aprovechamiento de aguas no utilizados, tanto consuntivos (agua que se usa y no se devuelve al cauce) como no consuntivos (agua que se usa y luego retorna al cauce), que en forma conjunta deberán pagar 2.236.898,39 UTM, es decir, aproximadamente 150 mil 831 millones de pesos. Del total, los derechos consuntivos corresponden a 498.865 litros por segundo, mientras que los derechos no consuntivos representan mayores caudales con 20.343.002 litros por segundo.    

La ministra de Obras Públicas, Jessica López, explicó que “el cobro de esta patente por no uso de derechos de aprovechamiento no tiene como finalidad la recaudación fiscal, sino que las personas hagan uso de sus derechos de aprovechamiento de aguas, y que quienes no lo hagan, renuncien a ese derecho o que Tesorería General de la República remate dicho título, con el fin de que retorne al Estado para eventualmente disponer de él y otorgarlo con prioridad para consumo humano, establecer una reserva sobre dichas aguas o incluso volver a otorgarlo”.       

El año 2024 disminuyeron en 240 los derechos afectos al cobro de patentes, porque han ido instalando las obras de captación y haciendo uso de las aguas, mientras que en el proceso 2023 fueron 55 derechos los que disminuyeron. Por lo tanto, el monto devengado de dicho año es menor en casi 7 mil millones de pesos respecto al 2024.    

El director general de Aguas del MOP, Rodrigo Sanhueza, recordó que en abril de este año expira el plazo establecido por la reforma al Código de Aguas para que los titulares de derechos de aprovechamiento los inscriban en el Conservador de Bienes Raíces, plazo que se extiende hasta el 2027 para los usuarios de INDAP.    

En este sentido, el director de la DGA indicó que “en el listado 2025 fue posible identificar que para un total de 876 derechos no se cuenta con información sobre su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, por lo que la invitación es a que se acerquen a los Conservadores de sus respectivas comunas para realizar la inscripción del derecho”. Agregó que para los nuevos derechos que se otorguen, será la DGA la que procederá a realizar este trámite.   

La patente por no uso se determina con base en la inexistencia de obras asociadas al uso del agua, es decir, derechos de aprovechamiento cuyos titulares no han construido las obras necesarias para la captación y conducción de las aguas, o aquellas obras que no tienen la capacidad para extraer la totalidad del caudal otorgado en el derecho de aprovechamiento de aguas. Es decir, la patente se aplica a quienes no utilizan o utilizan parcialmente los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados.      

La obligación de incorporar un derecho de aprovechamiento de aguas en la resolución que fija este listado del cobro de patentes por no uso, recae en la Dirección General de Aguas y, ante cualquier cambio o actualización de la situación constatada, es el propio titular del derecho quien debe recurrir mediante un recurso de reconsideración contemplado en el artículo 136 del Código de Aguas, cuyo plazo este año vence el 26 de febrero.     

RECAUDACIÓN DE FONDOS    

El pago de estas patentes implica la recaudación de fondos para el fisco, los que posteriormente son repartidos entre el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) de cada gobierno regional (65%); los municipios, en proporción a la superficie de las comunas donde sea competente el Conservador de Bienes Raíces en cuyo registro figuren las inscripciones respectivas (10%), y los fondos fiscales generales (25%).       

Ante esto, el SEREMI de Obras Públicas, Javier Sandoval, instó a quienes poseen derechos, a que puedan regularizar su uso “tal como señalan nuestra Ministra y nuestro Director, es importante poder disponer de los derechos que no se utilicen, sobre todo entendiendo el contexto de sequía que vive la región y que, eventualmente, los derechos que no se están utilizando puedan volver al Estado para que se pueda hacer un uso más eficiente de ellos”.

Recuadro pago patentes por regiones:      

Listado pago de patentes 2025
CoquimboTotal de derechos246
Total caudal consuntivo (l/s)2.942,28
Total caudal no consuntivo (l/s)13.720
Total afecto a cobro (UTM)44.310,03
Total afecto a cobro (Pesos)2.987.781.013
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